El pasado día 15 de junio el Grupo Parlamentario Socialista presentó en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley sobre registro de la jornada diaria de trabajo. Se trata de un tema que ha estado de actualidad en los últimos meses a raíz de varias Sentencias de la Audiencia Nacional por las que se obligaba a las empresas a llevar un registro de la jornada diaria para comprobar el cumplimiento de la jornada ordinaria. La Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo pasado rechazó tal obligatoriedad de registro por carecer de cobertura normativa si bien apuntaba la necesidad de una reforma legislativa en este sentido.
La Proposición de Ley ahora presentada, pendiente aún de publicación en el Diario Oficial del Congreso, incorpora el derecho de los trabajadores a la distribución regular de la jornada (Artículo 4.2 ET), así como la obligación para las empresas de registrar la jornada diaria, incluyendo el horario concreto de entrada y salida de cada trabajador. La empresa estará obligada a conservar dicho registro durante cuatro años. También se modifica la Ley de Infracciones y sanciones en el Orden Social para calificar como infracción grave el incumplimiento de dicha obligación.
Se trata de una medida que puede tener una repercusión negativa en sectores necesitados de flexibilidad horaria, tanto para las empresas como para los trabajadores, y no se corresponde con la evolución que está teniendo la regulación de esta materia en los Convenios Colectivos.